Merritt College | 2017-2018 Student Handbook & Planner - page 190

Politicas del Distrito y Colegio Universitario
Prohibicion de discriminacion y procedimientos
en casos de acoso sexual
1. DECLARACION CONTRA LA DISCRIMINACION
De acuerdo con la declaracion #3410 de la mesa directive: Prohibicion de trato discriminatorio, el Distrito
de los Colegios Comunitarios de Peralta declara que como institucion publica prohibe la discriminacion en
todas sus actividades, incluyendo: empleo, adquisicion de bienes, disponibilidad de ofertas educativas; y
otros programas y actividades tales como ayuda financier y servicios especiales. Para lograr estas tareas,
la Oficina de Igualdad de Oportunidades tiene a su cargo la responsabilidad de supervisor e investigar
cargos de discriminacion y otros reclamos. Se mantendra un registro de denuncias de discriminacion, asi
como tambien expedientes completos de las denuncias y sus resoluciones. La oficina de Igualdad de
Oportunidades trabajara en conjuncion con la Vice Presidencia de Servicios para el Estudiante y la Vice
Presidencia de Instruction para encargarse de atender y resolver las denuncias de discriminacion tanto de
estudiantes como de empleados.
El Distrito de los Colegios Universitarios Comunitarios de Peralta, de conformidad con las leyes
federales y estatales pertinentes y con la Política de la Junta Directiva, prohíbe que los estudiantes
sean sometidos a discriminación y acoso discriminatorio ilícitos basados en su raza, creencias, color,
ascendencia, religión, sexo, origen nacional, edad (40 años de edad o más), estado civil, problemas
médicos (relacionados con cáncer), discapacidades, afiliaciones y opiniones políticas,
orientación/preferencia sexual o la transmutación de sexo en cualquier etapa, en cualquiera de los
programas y actividades del Distrito, incluyendo la disponibilidad de ofertas educativas; y en otros
programas y actividades como la ayuda financiera y los servicios especiales. Por ello, el Distrito
investigará las quejas de discriminación inmediatamente, siguiendo los pasos pertinentes, a fin de
eliminar la discriminación presente y evitar discriminación futura. El Distrito prohíbe las represalias
contra cualquier individuo que presente una queja o participe en una investigación con relación a
discriminación o acoso discriminatorio.
El Distrito de Peralta está sujeto al Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972, los Títulos VI y VII
del Acta de Derechos Civiles de 1964 y 1972, el Acta de Discriminación por la Edad en Empleo de
1967, el Acta de Discriminación por la Edad de 1975 y la Sección 504 del Acta de Rehabilitación de
1973 y al Acta de 1991 referente a los Americanos con Discapacidades.
El Coordinador del Título IX y Sección 504 para el Distrito de Peralta es el Funcionario de Igualdad de
Oportunidades del Distrito, cuya oficina se encuentra situada en el 333 E. 8th Street, Oakland, CA
94606; teléfono (510) 466-7252.
** Para mas informacion sobre esta regulacion por favor consulte el Catalago de Merritt College
2017-2019.
Para mas informacion acerca de la traduccion por favor comuniquese con El Centro Latino de Merritt
College (510) 436-2529 o
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